Eduardo Feinmann habló con Rodrigo Solá Torino, abogado del estudio Marval, O’Farrell y Mairal, sobre el nuevo Fondo de Asistencia Laboral que reglamentó el gobierno para pagar indemnizaciones. 

Repasá las frases más destacadas

-“Lo podemos definir como una especie de ahorro previo para pagar indemnizaciones”

-“Cuando el empleador integre las cargas sociales al sistema, hay una parte que va a ir a este fondo”

-“Va a ir a un fondo o fideicomiso, a elección del empleador, en una cuenta identificada para el empleador”

-“Todo esto va a estar regulado”

-“Está en proceso de regulación por la CNV, por el Banco Central y por la Secretaría de Trabajo. Entonces ese fondo va a ir generando un interés”

-“Y al momento de ser necesario afrontar el pago de una indemnización o de una liquidación, se puede hacer uso o no de ese fondo”

“Recordemos que la cuestión financiera es una de las actividades más reguladas en la República Argentina”

-“Y va a haber distintos operadores que manejen los fondos comunes autorizados por la CNV”

-“Esto va a dar una garantía para el empleado y para las compañías”

-“Va a ser una suerte de ahorro y prefinanciación de las indemnizaciones”

Eduardo: “¿En qué beneficia a los empleados?”

Rodrigo: “Bueno, primero sabemos que en Argentina el costo de una indemnización en determinado momento, dependiendo de la estructura o la situación de la compañía, puede ser bastante importante”

-“Y el empleado va a tener la certeza de que hay un dinero ahorrado”

-“Con lo cual, si llega el momento en el que se disponga su cese o bien pacte con el empleador una salida, porque esto también abarca, por ejemplo, lo que se conoce como retiro voluntario o mutuo acuerdo de despido regulado por el artículo 241 de la Ley de Contrato de Trabajo”

-“Bueno, va a haber fondos que están asegurados para eso”

-“Estos fondos son inembargables”

-“El pago en cuotas, como fue modificado, aplica a procesos judiciales”

-“Hoy por hoy, el monto de la indemnización que corresponde, por ejemplo, a un despido, se tiene que pagar por única vez”

-“Se puede pagar en cuotas en la medida en que haya un pacto entre empleador y empleado desvinculado y ese acuerdo sea homologado por la autoridad laboral”

-“Pero si no, hay un plazo de pago concreto y el mecanismo dispone que los fondos se liberen dentro de cinco días”

-“Si se dispone un despido, hay que pagar dentro de un plazo determinado y de única vez”

Guillermo Laborda: “¿Qué pasa si en una crisis, por ejemplo, hay muchos despidos en empresas grandes y el fondo no alcanza?”

Rodrigo: “Esto asegura parcialmente el cobro, Guillermo”

-“Porque depende de cuánto se haya ahorrado hasta ese momento”

-“Para grandes empresas se va a disponer el 1% de la masa salarial”

-“Mientras que para pymes y micropymes va a haber un aporte del 2,5%”

-“La autoridad lo puede llevar al 1,5% para grandes empresas y al 3% para pymes”

-“Ahora, sí es posible que en determinado momento y ante una situación compleja eso no alcance”

-“Bueno, el empleador tiene que afrontar con sus recursos como lo venía haciendo hasta ahora”

-“Si tiene que pagar indemnizaciones, va a tener que afrontarlo con su propio patrimonio”

 

Artículo anteriorEduardo Feinmann cuestionó el rol de la mamá de Agostina Vega en medio de la investigación

DEJA UNA RESPUESTA

Ingrese su comentario
Ingrese su nombre